El Juzgado Faltas aplicó una multa a Movistar por $35 millones por no contar con el permiso municipal para las instalaciones
Desde septiembre hasta la actualidad se le labraron más de 15 actas. La compañía fue notificada y tiene cinco días para pagar.
En septiembre la empresa Movistar comenzó con las instalaciones de antenas y fibras ópticas en la ciudad de San Luis para brindar el servicio de internet sin contar con el permiso correspondiente de la Municipalidad de San Luis. Ante esto, el Juzgado de Faltas labró más de 15 actas hacía Telefónica Móviles Argentina S.R (Movistar) y se los multó por una suma de $35 millones.
“No cuenta con ningún permiso de obra, no lo tuvieron en septiembre ni tampoco en octubre”, informó el juez de Faltas, Alejandro Ferrari.
En declaraciones que formuló a El Chorrillero sostuvo que la empresa en su descargo desconoció totalmente la jurisdicción municipal: “Argumentan que es un servicio público y la Justicia de Falta les ha dicho que tanto la ciudad como en otras localidades tienen autonomía por contar con la Carta Orgánica. Independientemente que sea un servicio público, se requieren los permisos municipales”.
“Lo curioso es que la misma empresa en otros expedientes de los años 2022 y 2023 reconocieron la jurisdicción, es decir, que en su momento contemplaron que se necesitaba la autorización correspondiente, pero en esta oportunidad lo negaron totalmente”, informó.
En el descargo de la última intimación que fue el 21 de octubre la empresa sostuvo que el 13 de octubre iniciaron conversaciones con la Municipalidad “pero hasta el momento los permisos no aparecieron”.
“Se fundan en la Ley de Procedimientos Administrativos de la Provincia de San Luis que no tiene nada que ver. Es decir, la ciudad tiene legislación propia, Código de Faltas Municipal y Código Procedimiento Administrativo”, explicó y reiteró “que ante la negativa emitimos una sentencia que de un monto elevado de $35 millones”.
Tuvo en cuenta que los procedimientos de las empresas han causado destrozos en la ciudad: “Han roto las veredas, dejaron cables tirados”.
Advirtió que “si siguen los trabajos, continuarán las actas y se va a producir un agravamiento de la sentencia”.
Consideró que “una empresa tan sería como lo es esta multinacional no puede desconocer la jurisprudencia de la ciudad”.
En la sentencia se señaló cuestiones del derecho municipal para clarificar: “El ex intendente de San Luis, Carlos Ponce obtuvo en el año 2005 una de las primeras sentencias que reconoce el municipalismo en la Argentina. Ese fallo fue uno de los primeros en cuanto a derechos municipales que reconoce el municipalismo y la autonomía”.
“En ese fallo la Corte Suprema reconoció al Gobierno local para solicitar todo este tipo de documentación”, argumentó.
La compañía fue notificada este miércoles y tiene cinco días para abonar la sanción: “Ellos por su parte, presentarán los recursos si lo creen conveniente”.
“Es importante la sentencia porque defiende la actitud y la autonomía municipal desconocida por esta empresa”, manifestó.
Ferrari dio a conocer que “complementario a todo esto se retuvieron tres vehículos por estar realizando este tipo de instalaciones sin la debida autorización”.
“La firma Retesar abonó una multa cercana a los $3 millones y otras dos empresas particulares que no sabemos para quién trabajaban abonaron cada una un importe de $1.800.000”, confirmó.
En este sentido, detalló que “necesitan la autorización de la secretaría de Hacienda, Infraestructura y Planeamiento, los permisos de ocupación de la vía pública ante la dirección de tránsito. A su vez, requieren toda la planificación de la obra y a las empresas que ellos tercerizan, por ejemplo, darles las órdenes de trabajo con todos estos permisos”.